Descuento de Impuesto por Gastos de Educacion

La reforma tributaria permite que las personas que pagan impuestos a la renta rebajen impuestos de lo que destinan a educación (básica y media) de sus hijos.

En esta ocasión hablaremos de las condiciones que se deben cumplir para el descuento de impuesto por gastos de educación, y todas sus características.

Condiciones para el descuento:

  • que paguen impuestos, es decir, quienes ganen más de $ 534 mil al mes. Hoy más de 6,5 millones de contribuyentes ganan menos de esa cifra y están exentos del pago de impuestos. En total, el 18% de los contribuyentes paga impuestos al año por segunda categoría (remuneraciones mensuales) o global complementario (dividendos o rentas de inversiones).
  • tope de renta: 64 UF (cerca de $ 1.445.000), igual que en el posnatal. Quienes ganen más de esa cifra no podrán descontar el pago de educación privada. Se aproxima que el total de beneficiados sea de 1.155.000 personas.

Prácticamente, se devolverá hasta un 50% del gasto anual en educación básica y media. Pero aquella devolución de impuestos también tendrá un tope: $ 200 mil al año y por hijo.

Características del descuento de impuesto por educación:

El beneficio se haría efectivo a través de la declaración de la renta que se efectúa una vez al año, en abril del año siguiente, y se devolverá del mismo modo que se restituye a quienes están comprando una propiedad, acogida al beneficio tributario del DFL2.

Ejemplo:

  • Si alguien gastó $ 600 mil en colegios particulares, descontaría la mitad: $ 300 mil. Pero recibirá sólo $ 200 mil, por el tope.
  • Una persona que gaste $ 250 mil al año en educar a uno de sus hijos, podrá recibir $ 125 mil, siempre que haya tributado más que esa cifra el año precio.

La devolución es un crédito tributario, es decir, el beneficio va neto a devolución de impuesto y no al cálculo del ingreso imponible, que sirve para calcular los impuestos a pagar.

El beneficio se calcula sobre la base de cada contribuyente, pero el tope de ingresos es por familia. El beneficio, está destinado a las familias con un ingreso imponible por hogar inferior a 64 UF.

El descuento se hará vía Impuestos Internos y con el RUT del alumno, ambos padres no pueden tributar en forma simultánea por un solo hijo. Pero sí podría darse que el padre pida rebaja por un niño y la madre por el otro.

¿Cómo hacer el trámite?

Para hacer el trámite, los colegios deberán entregar una nómina con el RUT de los alumnos al Servicio de Impuestos Internos, el que, a su vez, los tendrá como respaldo, para evitar que dos personas distintas -padre y madre, por ejemplo- descuenten impuestos por un solo hijo.

El SII entregará a cada contribuyente una propuesta de declaración automática de impuestos, lo que evita a familias de ingresos medios que no hacen declaración de impuestos tener que contratar a un contador para realizar su declaración, dice un tributarista.

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