Fondo de Utilidad Tributaria (FUT)

futEl FUT es un libro de control que debe ser llevado por los contribuyentes que declaren rentas efectivas en primera categoría, demostradas a través de contabilidad completa y balance general, en el cual se encuentra la historia de las utilidades tributables y no tributables, generadas por la empresa y percibidas de sociedades en que tenga participación.

Con respecto a las anotaciones que considera el FUT, se encuentran, entre otras, la renta líquida imponible, participaciones y dividendos percibidos y retiros o distribución de dividendos.

Dicho libro debe ser timbrado por el SII y su implementación es obligatoria para los contribuyentes indicados anteriormente.

Origen del FUT:

A partir de año 1984 (mediante la Ley 18.293) nace un nuevo sistema que consiste en que los propietarios de las sociedades de personas y empresarios individuales deben empezar a declarar impuesto global complementario sólo por los retiros que efectúen desde sus empresas (esto es lo que se denomina tributación sobre base percibida.

En consecuencia, se hace necesario llevar un control de estos retiros, razón por la cual el SII, en el año 1985 crea el registro de renta líquida imponible y de las utilidades tributables. Posteriormente, la ley 18.985 de 1990 reconoce legalmente la existencia del FUT.

Con este nuevo sistema, si bien las empresas de primera categoría deben declarar impuestos por la renta efectiva que se haya devengado (tributación sobre base devengada, demostrada según contabilidad completa, en la medida que los dueños de la empresa no retiren utilidades no deben pagar impuesto global complementario o adicional.

Por otra parte, el Impuesto de Primera Categoría que paga la empresa (con tasa 20% año comercial 2011, que corresponde al año tributario 2012) no se pierde a favor del Fisco, pues este tributo les sirve a los dueños de las empresas para pagar su impuesto Global Complementario o adicional, es decir es un crédito, el cual incluso se puede devolver.

En este registro se anotan las entradas y salidas de retiros de utilidades. Estas salidas tienen asociado un crédito contra los impuestos personales (global complementario o adicional). Este crédito surge del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.

La estructura o columnas del FUT son las siguientes:
1º Utilidad bruta;
2º El impuesto de primera categoría;
3º Utilidad Neta;
4º Incremento por impuesto de primera categoría;
5º Crédito por impuesto de primera categoría;

Los gastos rechazados disminuyen las utilidades del FUT:
En las sociedades de personas, empresarios individuales y comunidades en general, se les permite a los socios o dueños de las empresas retirar y reinvertir las utilidades en otras sociedades que lleven contabilidad completa, caso en el cual la tributación en el impuesto personal (global complementario o adicional) queda en suspenso hasta que la utilidad reinvertida sea retirada de la sociedad, siempre que el socio no vuelva a reinvertirla.

En las sociedades de capital (sociedades anónimas y sociedades por acciones en general) no se permite la figura de reinversión de utilidades y si se producen, deben declararse en la base imponible de los socios.

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