Impuesto al Timbre en 2013

El impuesto al timbre es el impuesto que se aplica a todas las operaciones de crédito solicitadas por cualquier persona o empresa. Este cobro se paga incluso cuando se refinancia un préstamo. Se paga al solicitar:

  1. Crédito de consumo
  2. Crédito hipotecario
  3. Crédito automotriz
  4. Crédito para repactar otro crédito

El impuesto se retiene por la entidad financiera que otorga el crédito, o por la notaría en la que se suscribe el contrato, y es éstos son los responsables de pagarlo al Estado. Este impuesto se paga sobre el monto de la operación de crédito de dinero.

La nueva ley beneficiará con las mayores rebajas a poco más de un millón de chilenos que perciben rentas entre $534.195 y monto y $1.187.100. Se ha aprobado la Reforma Tributaria en donde se accedió a incorporar una rebaja mayor en el impuesto que pagan las personas de menores ingresos y atenuar la disminución en la tasa que tributan los de tramos superiores.

Si bien la mayor parte de los contribuyentes, unas 6,6 millones de personas, están exentas del pago de impuestos por pecibir rentas menores a los $534.195, la nueva ley beneficiará con las mayores rebajas a poco más de un millón de chilenos que perciben rentas entre ese monto y $1.187.100; a 282 mil que ganan entre esa cifra y $1.978.500 y a 117.000 que perciben ingresos entre ese monto y $2.769.900.

De este modo la nueva estructura para el pago del impuesto de Segunda Categoría y el Global Complementario es realmente interesante, es por eso que a continuación presentaremos el Impuesto al Timbre en 2013:

Tramo       Ingreso Imponible                 Tasa Actual Tasa Nueva

1            —   –          534.195                     0%          0%
2    534.195,01   –   1.187.100                     5%          4%
3    1.187.100,01 –   1.978.500                    10%         8%
4    1.978.500,01 –   2.769.900                    15%         13,5%
5    2.769.900,01 –   3.561.300                    25%         23%
6    3.561.300,01 –   4.748.400                    32%         30,4%
7    4.748.400,01 –   5.953.500                    37%         35,5%
8    5.935.200,01 –   y más                          40%         40%

Además se permitirá la reliquidación del impuesto único de segunda categoría a partir de la operación renta correspondiente a abril de 2013, lo que permitirá que los contribuyentes que por ejemplo pierdan su empleo en el año, puedan reliquidar sus impuestos mensuales y bajar su tramo de renta. En la actualidad, solo pueden efectuar esa reliquidación los trabajadores que tienen más de un empleador o más de una renta.

Impuestos indirectos

Se elimina la sobretasa de 15% a la primera venta o importación de vehículos casas rodantes autopropulsadas. Esta medida tendrá efectos en recaudación a partir del año 2013.

Por otro lado, se disminuye la tasa del impuesto ad-valorem a los cigarrillos de 62,3% a 60,5%, y el impuesto específico por unidad aumenta de 0,0000675 UTM ($53 aproximadamente por cajetilla) a 0,000128803 UTM ($102 aproximadamente por cajetilla).

Entre los principales cambios que introdujo Hacienda para sacar adelante la reforma tributaria destacan las modificaciones a las tasas que pagan las personas (segunda categoría, que grava el trabajo dependiente; y global complementario, por rentas por dividendos o inversiones) y la ampliación del crédito tributario por educación.

Algunos puntos de la reforma parten apenas promulgada la ley, y otros, en 2013. Hacienda estima para 2013 una mayor recaudación tributaria por US$ 1.257 millones. En cinco años, los ingresos extra suman US$ 4.688 millones.

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