Devolucion de impuestos SII 2014

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El procedimiento para recuperar el Crédito Fiscal correspondiente al IVA no utilizado en el plazo que determina la normativa legal, en la medida que se produzca un pago indebido o en exceso, consiste en presentar una solicitud a través del Formulario 2117 de Solicitudes, en la oficina del SII correspondiente al domicilio comercial.

Fechas

Las fechas para recibir devoluciones de impuesto a favor del contribuyente luego de presentada la Declaración de Impuesto a la Renta, dependerá de la fecha en que haya ocurrido dicha presentación, según se indica en el siguiente cuadro:

  • Plazo para declarar por internet con pago – 30 de abril
  • Plazo para declarar por internet sin pago – 9 de mayo
Fecha Envío F22 Fecha de Devolución
Depósito Cheque
1 al 17 de abril 13 de mayo 30 de mayo
18 al 25 de abril 19 de mayo 30 de mayo
26 de abril al 9 de mayo 28 de mayo 30 de mayo

El SII es el encargado de autorizar la devolución de impuestos, pero es el Servicio de Tesorerías el que verifica esta información y la que efectúa el pago.

Devolucion

En caso que desee que la devolución del remanente de impuesto solicitada a través de la Línea 64 del Formulario 22 le sea depositada en su Cuenta Corriente, Vista o de Ahorro, Bancarias o Cuenta Rut, deberá anotar correctamente los datos requeridos en dicha Sección, contenida debajo de la citada Línea 64 (Códigos 301, 306 y 780), de acuerdo a las instrucciones que más adelante se imparten para tales efectos.

A fin de evitar las situaciones que se pueden presentar mediante el pago de su devolución con la emisión de un cheque (cheque extraviado, hurtado, robado o demoras en su entrega), se recomienda a los contribuyentes privilegiar su devolución mediante depósito en cuenta bancaria, por las ventajas de rapidez y seguridad que este medio brinda a los contribuyentes.

De no contar con una cuenta bancaria, Ud. puede solicitar la apertura de una Cuenta Rut al momento de declarar. Para la activación de ésta cuenta usted debe concurrir con su cédula de identidad a cualquier sucursal del BancoEstado.

Debe registrarse en forma completa el número de la Cuenta Corriente o de Ahorro Bancaria, (sin puntos ni guiones), incluyendo los números ceros. Si usted tiene un N° de Cuenta Bancaria con más de 15 dígitos, debe digitar solamente los últimos 15 dígitos.

Es necesario tener presente que cualquiera inconsistencia entre los datos registrados por el contribuyente en el Formulario Nº 22 relativos a esta modalidad y los datos de la Cuenta Corriente, de Ahorro o a la Vista, Bancarias que registra el Banco, impedirá que se efectúe el depósito, y facultará al Servicio de Tesorerías para efectuar la devolución de excedentes de renta en la forma tradicional, vale decir, el cheque de la devolución que proceda, se despachará por Correos, al domicilio declarado por el contribuyente.

Los contribuyentes, señalados en la situación del párrafo anterior o que optaron por que su cheque sea remitido al domicilio señalado en el Formulario 22 de Renta, deben considerar el plazo de envió del Servicio de Correos, el cual es de aproximadamente 5 días, contados desde las fechas de devolución establecidas.

Se recuerda que el cartero sólo puede entregar este documento en el domicilio a una persona que sea mayor de edad, pues se trata de correspondencia certificada. Si no es posible que el documento sea recepcionado por un mayor de edad, éste deberá ser retirado en la Tesorería General de la República

Si solicitó devolución de remanente de crédito y el cheque no llega al domicilio registrado en el Formulario N° 22 o no se efectuó el depósito en la Cuenta Bancaria especificada, dentro de los primeros 10 días de junio del año 2014, deberá consultar su situación en el sitio web del SII www.sii.cl, menú Renta, opción Consulta y seguimiento, “Consultar estado de declaración”.

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