El Servicio de Impuestos Internos comunica que en el Portal Reavalúo No Agrícola 2014 se encuentran disponibles los nuevos avalúos de bienes raíces no agrícolas. En su totalidad, este proceso abarca 5.223.087 predios, de los cuales 5.107.864 corresponden a propiedades habitacionales, bodegas y estacionamientos y 115.223 a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros.
Estos nuevos avalúos tomaron vigencia a partir del el 1ro de enero de 2014 y fueron determinados en un proceso previo de tasación efectuado por el SII, al cual se le introdujeron una serie de mejoras en la metodología, de manera de caracterizar de forma más precisa las áreas comunales y áreas homogéneas con apoyo de cartografía digital y cruces de información de transferencias, tasaciones comerciales y costos. Del total del catastro un 69,5 por ciento resultó exento, en tanto que el 30,5 por ciento está afecto. Sin embargo, el 78 por ciento de las propiedades habitacionales del país (viviendas) está exenta y no pagará contribuciones.
En el portal del SII podrás contar con información sobre el proceso, incluyendo copia de las cartas con los nuevos avalúos y las cuotas de contribuciones que corresponderá pagar, así como el detalle de tasación, planos de las comunas e información general, a continuación te adelantamos algo:
GUÍA PARA CALCULAR EL AVALÚO DE UNA PROPIEDAD NO ACOGIDA A LA LEY N°19.537 DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA (CASA)
El avalúo fiscal de una propiedad corresponde a la suma del avalúo de terreno y el avalúo de las construcciones que existan en él.
Avalúo Bien Raíz = Avalúo Terreno + Avalúo Construcciones
Para calcularlo usted necesitas conocer la información catastral que el SII registra de su propiedad.
Segui los siguientes pasos:
PASO 1: En el bloque Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas 2014, ingresá a la opción Consultar propiedades reavaluadas.
PASO 2: Se deberá autenticar con su RUT y clave SII.
PASO 3: Ingresa la comuna y número de rol de avalúo de su propiedad (Manzana – Predio). Activa el
botón Buscar.
PASO 4: Verifica que la información de superficie de su terreno sea la correcta.
PASO 5: En la información catastral de una propiedad se indica el código del Área Homogénea (AH) donde se ubica su bien raíz y el valor de terreno correspondiente, expresado en moneda del 1 de enero de 2014. Para verificar que el Área Homogénea (AH) informada sea la correcta, consultá el plano de precios de terreno correspondiente a tu comuna, ingresando al menú del bloque Planos de precios de terrenos.
PASO 6: Los factores de ajuste al valor de terreno factibles de aplicar al bien raíz se encuentran
definidos en el Anexo N°2 de la Resolución Exenta N°108 del 27 de Diciembre de 2013. Estos
son:
* Ajuste por Superficie: se aplica en función del rango de superficie de terreno definido por el SII para el Área Homogénea, registrado en el plano de precios de terreno de la comuna.
* Ajuste por relación Frente-Fondo: se aplica en función de la relación que existe entre los metros de frente y los de fondo del bien raíz.
* Ajuste por Altura: Bien raíz ubicado en las comunas y áreas homogéneas cuyas edificaciones son menores o iguales a cinco pisos.
* Ajuste por Casos Excepcionales: Se podrá aplicar un ajuste excepcional en conformidad con lo establecido en la Circular que norma la aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas habitacionales, estacionamientos y bodegas acogidos a copropiedad inmobiliaria, sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros reavaluados del año 2014.
PASO 7: Conocidos los factores de ajuste que le corresponden a su bien raíz, se calcula el Coeficiente Corrector multiplicando los ajustes por superficie, frente-fondo, altura y casos excepcionales.
PASO 8: Calcule el Avalúo de Terreno de su bien raíz utilizando la fórmula:
Avalúo Terreno = Superficie (m²) * Valor Terreno AH ($/m²) * Coeficiente Guía * Coeficiente Corrector
Avalúo Terreno = 199 (m2) * 70.626 ($/m2) * 0,90
Avalúo Terreno = 12.649.117 ($)
PASO 9: Verifique que la información de la superficie construida de su bien raíz sea la correcta. Si existe diferencia, solicite al SII su rectificación aportando los antecedentes que lo justifiquen.
PASO 10: Las construcciones se clasifican de acuerdo a su Tipo, Clase y Calidad.
Tipo: Los tipos constructivos se clasifican en galpones, obras civiles, obras complementarias, otras construcciones.
Clase: Corresponde al material predominante de la estructura vertical de las construcciones.
Calidad: La Calidad permite diferenciar las construcciones de una misma clase de acuerdo a sus
especificaciones técnicas y costos de edificación. La calidad de las edificaciones correspondientes a Galpones y Otras Construcciones se determina en base a la aplicación de guías técnicas. Estas guías las podrá encontrar en el
Anexo N°3 de la Resolución Exenta SII N°108 del 27 de Diciembre del 2013. Los valores unitarios de construcción por Tipo, Clase y Calidad, se encuentran publicados en el Anexo N°5 de la Resolución Exenta N°108 del 27 de Diciembre de 2013, expresados en moneda del 1 de julio de 2013. El factor para actualizar los valores a moneda del 01.01.2014 es 1,022.
PASO 11: En la información catastral se indica la Clase y Calidad de las construcciones existentes en su bien raíz, además el valor de la construcción en ($/m²) ó ($/m³) según corresponda, expresado en moneda del 1 de enero de 2014. Conocida la metodología que utiliza el SII para clasificar las construcciones, verifique la información registrada. En caso de inconsistencias, solicite al SII su rectificación aportando los antecedentes
necesarios.
PASO 12: El valor del m2 o m3 de construcción definido por el SII, podría estar ajustado de acuerdo a las características de la construcción. Los factores de ajuste al valor de la construcción factibles de aplicar, se encuentran definidos en el Anexo N°3 de la Resolución Exenta N°108 del 27.12.2013. Estos son:
Localización Comunal: El valor unitario de construcción se ajusta por un factor, según la comuna de ubicación de ésta, y según el uso de la propiedad.
Edad de la Construcción: Los valores unitarios de construcción, se ajustan según la edad de la construcción, desde el año 2013 inclusive hacia atrás.
Condiciones Especiales de la Edificación
Localización en Sectores Comerciales
PASO 13: Calcule el Avalúo de la Construcción de su bien raíz utilizando la fórmula:
Avalúo Construcción: Superficie * Valor construcción * Coeficiente de ajustes.
Donde el factor Coeficientes de Ajustes está formado por la corrección por localización comunal, edad de la construcción, condiciones especiales de la edificación, localización en sectores comerciales y otros.
El coeficiente “Otros” que aparece en el detalle catastral, se utiliza en construcciones
desvalorizadas por estar afectadas por terremoto, inundación u otro.