En el mes de Abril, se va a realizar uno de los trámites más importantes del año esto es, la Declaración de Renta 2013. No es necesario recurrir a un contador desde que el Servicio de Impuestos Internos aligeró el trámite a través de internet.
Gracias a los avances tecnológicos, el uso de Internet y el manejo de la información que hoy posee el SII, requerir los servicios de un contador para la confección de la declaración de impuesto a la renta se ha hecho cada año menos necesario para una parte importante de la población, específicamente los contribuyentes de segunda categoría.
No existiendo legalmente ninguna diferencia formal entre la declaración presentada vía Internet y formulario, el uso del Internet resulta mucho más conveniente, de ahí que tanto el SII, los profesionales del área y los contribuyentes recomiendan la utilización de esta plataforma para el envío de las declaraciones de impuestos.
¿Porqué es más conveniente declarar la renta por internet?
Simplemente por tres factores principales:
- la rapidez del envío
- la seguridad en el manejo de la información
- la comodidad que representa para el contribuyente poder gestionar desde su casa u oficina.
Obligación de declarar el impuesto:
Todos los ciudadanos que, durante 2012, hayan obtenido ingresos calificados como «rentas» para los efectos tributarios, y que su monto exceda los límites exentos establecidos por la ley, están obligados a declarar el impuesto.
En términos generales podríamos decir que no están obligados a presentar la Declaración de Impuesto a la Renta, las Personas Naturales con residencia o domicilio en el país que durante el 2012 hayan obtenido rentas iguales o inferiores a $ 6.513.372.
Los trabajadores dependientes, pensionados, jubilados o montepiados afectos al Impuesto Único de Segunda Categoría sin otras rentas distintas al sueldo o pensión y que no estén en la obligación de reliquidar anualmente dicho tributo por percibir simultáneamente rentas de más de un empleador, habilitado o pagador.
Tampoco declaran impuestos los pequeños comerciantes que desarrollen actividades en la vía pública, los suplementeros ni los pequeños mineros artesanales.
¿Cómo declarar la renta correctamente?
Si la declaración de los ingresos recibidos por parte del contribuyente no coinciden con los informados al SII, su declaración será observada y sujeta a una revisión más en detalle. La devolución puede ser retenida hasta que el SII pueda aclarar esta situación. En estos casos, le corresponderá al contribuyente acreditar dichas diferencias.
De presentarse inconsistencias entre lo informado por el contribuyente y los datos del SII, comienza un nuevo proceso de acreditación física de las distintas rentas o créditos tributarios lo que se lleva a cabo en las mismas oficinas del Servicio. Si no se comprueba la exactitud de la declaración de impuestos la segunda semana de junio del año tributario en curso el contribuyente debe modificar la Declaración de Renta presentada originalmente.
Las multas asociadas a la presentación de una Declaración de Renta fuera de plazo son las siguientes:
-Todo impuesto que no se pague dentro del plazo legal se reajustará en el mismo porcentaje de aumento que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
– A los impuestos reajustados se le aplicará una multa de un 10%, siempre que dicho retardo u omisión no sea superior a 5 meses. Luego de transcurrido este plazo, la multa indicada aumentará en un 2% por cada mes o fracción de mes de retraso, no pudiendo exceder el total de ella el 30% de los impuestos adeudados.
-A los impuestos reajustados se les aplicará un interés de 1,5% por cada mes o fracción de mes transcurrido.
-El SII podría interponerle una querella por el delito establecido en el numeral 5º del artículo 97 del Código Tributario, esto es, la omisión maliciosa de declaraciones exigidas por las leyes tributarias para la determinación o liquidación de un impuesto.