Cumplir con las obligaciones tributarias es importante para que, a través de cada ciudadano, el país salga adelante y pueda crecer. A causa de esto el Servicio de Impuestos Internos (SII) recuerda a los contribuyentes que el próximo 28 de febrero vence el plazo para la presentación semestral de las Declaraciones Juradas de Compras y Ventas afectas al Impuesto a las Ventas y Servicios y la de Timbres y Estampillas. Según lo dispuesto en la Resolución Exenta SII N° 117 de 2011, los contribuyentes que anualmente tienen créditos fiscales de IVA mayores a 250.000.000 pesos tienen la obligación de presentar la información correspondiente a sus Compras (Formulario 3327) y Ventas (Formulario 3328) cada semestre. Quedan eximidos de dicha obligación los facturadores electrónicos, que hayan enviado electrónicamente la totalidad de sus Libros de Compras y Ventas correspondientes al periodo de la obligación.
La obligación de presentar la Declaración Jurada de Timbres y Estampillas (Formulario 3324), según lo dispuesto en las Resoluciones Exentas N° 2 de 2005y N° 43 de 2008, corresponde a los contribuyentes Notarios y Oficiales del Registro Civil, Banco e Instituciones Financieras y, que a la vez, hayan realizado operaciones afectas o exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas. Recuerde no postergar la presentación de los formularios y cumplir a tiempo con esta obligación tributaria para evitar malos momentos y energía malgastada.
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