Vencimiento Formulario 29 (IVA) Enero 2014

El Formulario 29, más conocido como de IVA, en su actual versión papel, rige a partir del 1° de Septiembre de 2010, experimentado nuevas modificaciones en el tiempo. En consecuencia, los contribuyentes obligados a declarar y pagar mensualmente sus obligaciones tributarias a través del Formulario 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, deberán utilizar el nuevo diseño de dicho formulario que se establece mediante la Resolución Exenta N° 158, de 2009 y posteriores modificaciones.

A continuación te mostramos las fechas de vencimiento para pagar el impuesto en enero del 2014:

* Día 12

— Vencimiento presentación del Formulario 29 por Internet, con Pago Electrónico de Cuentas PEC para contribuyentes en general.

* Día 13

— Vencimiento día 12, en caso de sábado, domingo o feriado pasa al día hábil siguiente.
— Vencimiento presentación del Formulario 29 por Internet con Pago en Línea PEL para contribuyentes en general.
— Vencimiento presentación del Formulario 29 en papel, con pago.
— Vencimiento presentación del Formulario 29 en oficinas, sin movimiento y sin pago.

* Día 19

— Vencimiento presentación del Formulario 29 por Internet con Pago Electrónico de Cuentas PEC de contribuyentes que cumplen con los siguientes requisitos:

Que declaren y paguen el Formulario 29 a través de https://misii.sii.cl
Que sean contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta como Facturadores Electrónicos, o de la segunda categoría y emisores de Boletas de Honorarios Electrónicas. Este requisito no será exigible a los contribuyentes que, según la actividad económica que desarrollen, no se encuentren obligados a emitir documentación tributaria.

* Día 20

— Vencimiento presentación del Formulario 29 por Internet con Pago en Línea PEL (2) de contribuyentes que cumplen con los siguientes requisitos:
Que declaren y paguen el Formulario 29 a través de www.sii.cl.
Que sean contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta como Facturadores Electrónicos, o de la segunda categoría y emisores de Boletas de Honorarios Electrónicas. Este requisito no será exigible a los contribuyentes que, según la actividad económica que desarrollen, no se encuentren obligados a emitir documentación tributaria.

* Día 28

— Vencimiento presentación del Formulario 29 por Internet sin movimiento y sin pago.
— Vencimiento presentación del Formulario 29 por teléfono sin movimiento y sin pago.

 

 

 

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