Frente a todos los cambios por la Reforma Tributaria, entre ellos podemos destacar el impuesto a la renta de empresas y personas, atribuciones del SII, gravámenes en el sector construcción, timbres y estampillas e impuestos verdes.
En lo que respecta al Impuesto a la Renta Atribuida de empresas, se plantea otorgar a la renta atribuida el carácter de opcional, limitando el porcentaje de crédito por impuesto de primera categoría a quienes elijan tributar sobre rentas distribuidas y elevando al mismo tiempo el gravamen de las empresas en dos puntos adicionales a lo previsto. A continuación mencionaremos todo lo que hay que saber acerca de las modificaciones en la Renta Atribuida.
Renta Atribuida
El gobierno plantea convertirlo en un mecanismo opcional, manteniendo al mismo tiempo la actual tributación sobre rentas retiradas o distribuidas.
De esta manera, los socios o accionistas de empresas podrán optar entre dos alternativas:
- pagando impuestos sobre la totalidad de las rentas devengadas (atribuidas) en virtud de su participación en una empresa, y con derecho a utilizar como crédito de su impuesto global complementario el impuesto de primera categoría (de 25%) que pagó la empresa.
- un sistema diferenciado, donde las utilidades reciben distinto tratamiento, dependiendo de si fueron reinvertidas en la empresa o retiradas en forma de dividendos, aunque con cambios respecto de su versión actual, tanto desde la perspectiva del nivel del impuesto de primera categoría como desde el crédito que se origina por este gravamen.
Integración parcial
Cuando un contribuyente decide tributar sobre las rentas retiradas en lugar de las devengadas, se plantea que la integración entre impuesto de primera categoría y global complementario sea parcial. Esto es, que a cambio de escoger tributar sólo sobre los retiros, el contribuyente tendrá derecho a un crédito equivalente ya no a la totalidad, sino a dos tercios (entre 60% y 65%, aún en discusión) de lo pagado por la empresa por impuesto de primera categoría.
Atribuciones del SII
El objetivo es precisar con mayor detalle el espectro de nuevas facultades que se pretende dar al organismo de manera de que los contribuyentes tengan posibilidad de reclamar ante resoluciones del servicio vinculadas a eventuales incumplimientos tributarios. Una de las herramientas para lograr este objetivo es otorgar mayores atribuciones a los Tribunales Tributarios.
En el sector construcción, se buscaría elevar de 2.000 a 4.500 UF el valor de construcción tope para acceder al crédito tributario de 65% del IVA al que tienen derecho las empresas constructoras.
Adicionalmente, se plantearía limitar a las nuevas viviendas, adquiridas con posterioridad a la entrada en vigencia de la reforma tributaria, el fin de la exención que hoy tienen las ganancias que se obtienen al enajenar estos bienes raíces.
También se estudia establecer un régimen diferenciado que permita eximir total o parcialmente a las personas de menores ingresos del aumento de 0,4% a 0,8% en el impuesto de timbres y estampillas que se aplica a todas las operaciones de crédito.