Sistema de reintegro de impuesto al diésel

Si hablamos del Sistema de reintegro de impuesto al diésel, podemos decir que la iniciativa del Ejecutivo extiende hasta el 2014. Este beneficio para el transporte de carga e incrementa el techo del reintegro ha sido extendido y se modificó lo pactado con anterioridad.

Por 64 votos, la Cámara de Diputados aprobó las enmiendas del Senado al proyecto que modifica el reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel, que los transportistas de carga pueden recuperar y que expiró en diciembre de 2012.

Convenio modificado:

El proyecto original ampliaba el plazo hasta el 2016; en el primer trámite en la Cámara se redujo al 2015; y el Senado finalmente lo dejó establecido hasta el 2014, criterio que hoy fue ratificado por los diputados.

El porcentaje de reintegro parcial, establecido en la ley Nº 19.764 y que regía a contar del 1º de julio del año 2006, era del 25% de las sumas pagadas por concepto de impuesto específico, cifra que se ha ido incrementando a partir del año 2008 por diversas iniciativas.

Reglas vigentes:

En la actualidad los porcentajes de reintegro según tramos son: 80% para contribuyentes con ingresos anuales iguales o inferiores a dos mil 400 unidades de fomento; 70% para ingresos que no excedan las 6 mil UF; 52,5% para contribuyentes hasta 15 mil y 31% para ingresos anuales superiores a esa cifra.

Vigencia del Sistema de reintegro de impuesto al diésel:

El proyecto, extiende la vigencia de este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2014 e incrementa el tope para el segmento que recibe 52,5% de reintegro, a 20 mil UF, permitiendo que más contribuyentes puedan obtener una devolución mayor.

Tras la aprobación en la Cámara, la iniciativa culminó su tramitación en el Congreso y fue enviada al Ejecutivo para su promulgación.

Impuesto al timbre:

En relación a la posibilidad de rebajar el impuesto de timbres y estampillas que ha planteado el gobierno, el presidente de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) manifestó que se trata de un impuesto que grava pasivos, no tiene justificación y debe ser eliminado definitivamente.

Este tributo encarece artificialmente el crédito e inhibe la movilidad de los clientes-deudores, particularmente la Pyme, entre las diferentes instituciones crediticias. Se trata de una figura tributaria obsoleta, que limita la competitividad y profundidad de los mercados financieros y favorece la creación de mercados cautivos.

El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), también se mostró partidario de eliminar el tributo: “Nos gustaría que de una vez por todas se elimine el impuesto de timbres y estampillas, para que los créditos sean más económicos y los productores, que tienen que endeudarse para comprar maquinaria, lo hagan a precios más baratos”.

El presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), dijo que una eventual rebaja parece que va en buen camino, eso significa que las arcas del país están para hacer una cosa de ese estilo.

El tributo, que afecta operaciones de crédito en dinero, está actualmente en 0,4% y acaba de registrar un recorte de 0,2 puntos porcentuales a partir de enero de este año. El diseño original de la reforma tributaria contemplaba una disminución a 0,2%.

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