Regimen de Tributacion Simplificada

porcentajeEl Regimen de Tributacion Simplificada, es un beneficio tributario que pueden utilizar los contribuyentes obligados a declarar renta efectiva según contabilidad completa.

Esto sucederá si los ingresos anuales por ventas, servicios u otras actividades de su giro, no hayan excedido un promedio anual de 3.000 unidades tributarias mensuales en los tres últimos ejercicios, o en el caso de los que inician actividades, los que determinen un capital propio inicial igual o inferior al equivalente de 200 Unidades Tributarias Mensuales del mes en que ingresen.

Regimen de Tributacion Simplificada

Dicho régimen especial de tributación con impuesto a la renta da la opción de pagar los impuestos anuales de primera categoría y global complementario o adicional, sobre todos los retiros en dinero o en especies que efectúen los propietarios, socios o comuneros, y todas las cantidades que distribuyan a cualquier título las sociedades anónimas o en comandita por acciones, sin distinguir o considerar su origen o fuente, o si se trata o no de sumas no gravadas o exentas

La Administración Tributaria podrá establecer regímenes de tributación simplificada de acceso voluntario, por grupos o ramas de actividad, cuando con ellos se facilite el control y el cumplimiento voluntario de los contribuyentes.

Este régimen constituye una opción sencilla para que los pequeños contribuyentes cumplan con los deberes tributarios, simplificando sus obligaciones tributarias.

¿Quiénes deben pagar el impuesto?

A este régimen pueden ingresar voluntariamente personas físicas y jurídicas que desarrollen alguna de las actividades que más abajo se detallan y que cumplan con los siguientes requisitos:

  • El monto de compras anuales, no debe ser superior a ciento cincuenta salarios base incluyendo el impuesto sobre las ventas. En el caso de los “Pescadores artesanales en pequeña escala” y los “Pescadores artesanales medios”, el monto de las compras por concepto de gasolina y diesel respectivamente, no puede exceder de tres millones y medio de colones.
  • Cuando se trate de transporte terrestre remunerado de personas mediante la modalidad de taxi, la cantidad de vehículos dedicados a la actividad no debe superar una unidad.
  • El negocio debe contar con un máximo de cinco empleados, independientemente del tipo de relación contractual o de parentesco que exista entre estos y el contribuyente.
  • La actividad no debe tener su origen en la explotación de una franquicia, marca, nombre comercial, o ser negociante exclusivo de otro ente económico o que la misma persona mantenga más de un establecimiento abierto al público, dedicados a cualquiera de las actividades cubiertas por este régimen.
  • Las actividades incluidas en el régimen pueden ser desarrolladas en forma independiente o combinadas entre sí, pero la inscripción no procederá cuando la actividad se combine con otras no contempladas en este régimen.
  • El valor de los activos fijos utilizados en la explotación de la actividad, no puede superar los 350 salarios base.
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