Retenciones por Cambio de Sujeto IVA Enero 2014

¿Qué es un cambio de sujeto del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

Los cambios de sujeto establecen la retención total o parcial del IVA asociado a las compras o ventas de determinados productos o a la prestación de ciertos servicios. Afectan a operaciones,documentadas por medio de facturas, en las cuales intervengan agentes retenedores, que son
contribuyentes autorizados por el SII para efectuar retenciones de IVA.

Existen dos tipos de cambios de sujeto, uno asociado a las compras de productos o a la
contratación de servicios por parte de los agentes retenedores, y otro asociado a las ventas de
productos efectuados por este tipo de contribuyentes.

En los cambios de sujetos asociados a compras de productos o a la contratación de servicios por
parte de los agentes retenedores, el sujeto que adquiere retiene el total o una parte del IVA asociado a la
transacción, variando el porcentaje de IVA que se retendrá de acuerdo con el cambio de sujeto
específico. Los productos o servicios para los cuales existe este tipo de cambio de sujeto son:
*arroz
*construcción
*chatarra
*especies hidrobiológicas (pesca)
*ganado
*legumbre
*madera
*productos silvestres
*trigo y berries.

En los cambios de sujeto asociados a ventas, los agentes retenedores que venden productos retienen un porcentaje del IVA de la transacción, cantidad que, para el contribuyente retenido, constituye un anticipo del IVA generado por las ventas. Los productos para los cuales se han definido estos cambios de sujeto son la carne y harina. Por ejemplo, para las ventas de harina efectuadas por los agentes retenedores, éstos retienen (o anticipan) un 5% del monto neto de la operación a sus compradores.

A continuación te detallamos los vencimientos para este impuesto:

Día 15

— Se presenta aún en caso de no registrar movimiento.

— Vencimiento presentación Informe de Retenciones por Cambio de Sujeto IVA, Formulario 3500, de:

* Arroz
* Berries
* Carne
* Chatarra
* Construcción
* Especies Hidrobiológicas
* Ganado
* Harina
* Legumbres
* Madera
* Medios de Prepago de Telefonía, Internet, Televisión Satelital y acceso a servicios de información y/o comunicación de datos.
* Papel y Cartón para reciclar
* Productos Silvestres
* Trigo
* Pequeños Productores Agrícolas (PPA)
* Ventas por Catálogo

Podrán eximirse de esta obligación en aquellos periodos mensuales completos, en los cuales se encuentren operando como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), los contribuyentes obligados a presentar el Informe Mensual Retenedores Cambios de Sujeto (F3500), como lo indica el Resolutivo N° 9 de la Res. Ex. SII N° 107 de 20.10.2005.

Día 23

— Se presenta aún en caso de no registrar movimiento.

— Aquellos contribuyentes que cumplen los siguientes requisitos:

* Que declaren y paguen el Formulario 29 a través de www.sii.cl.
* Que sean contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta y que operen como emisores de documentos tributarios electrónicos.

— Vencimiento presentación Informe de Retenciones por Cambio de Sujeto IVA, Formulario 3500, de:

* Arroz
* Berries
* Carne
* Chatarra
* Construcción
* Especies Hidrobiológicas
* Ganado
* Harina
* Legumbres
* Madera
* Medios de Prepago de Telefonía, Internet, Televisión Satelital y acceso a servicios de información y/o comunicación de datos.
* Papel y Cartón para reciclar
* Productos Silvestres
* Trigo
* Pequeños Productores Agrícolas (PPA)
* Ventas por Catálogo

Podrán eximirse de esta obligación en aquellos periodos mensuales completos, en los cuales se encuentren operando como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), los contribuyentes obligados a presentar el Informe Mensual Retenedores Cambios de Sujeto (F3500), como lo indica el Resolutivo N° 5 de la Res. Ex. SII N° 138 de 14.11.2006.

 

 

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