Tratado Tributario – EEUU y CHILE

Los recientes resultados electorales europeos abren algunos espacios para modificar la política económica en varios países.

Uno de estos campos es el de la política tributaria, tanto por el lado de los impuestos a la renta, las contribuciones sociales y la posibilidad de implementar un impuesto a las transacciones financieras internacionales-impuesto Tobin.

Las modificaciones del impuesto a la renta para los estratos de más altos ingresos pueden realizarse tanto a nivel de las personas jurídicas como de las personas naturales.

La información internacional de la OCDE reflejaría que hay espacio en el Perú para elevar los impuestos a las personas, mientras que las tasas son más homogéneas en el caso de los impuestos corporativos. La ventaja de los impuestos directos sobre los indirectos es que no afectan el nivel de actividad económica, mientras que los indirectos promueven el aumento de los precios.

Asimismo, son más útiles para redistribuir ingresos y sólo excepcionalmente podrían tener algún impacto negativo sobre la inversión privada.

Mientras la tasa impositiva del 30% se aplica sobre los ingresos superiores a los S/. 197,100 en el Perú, la mayoría de los países desarrollados tienen tasas superiores, a excepción de la República Checa, Estonia, Dinamarca, Eslovaquia, España y Noruega. Austria, Bélgica y Reino Unido aplican tasas marginales del 50% para los ingresos superiores a 180,000 euros, 34,300 euros y 150,000 libras esterlinas respectivamente.

Luego hay un segundo grupo entre 40 y 45% donde están Alemania, Francia, Grecia, Japón, Israel, Italia, Portugal, entre otros. Se debe destacar que Chile aplica una tasa marginal del 40% sobre 68 millones de pesos (USS 137,700). EE.UU y Nueva Zelanda tienen tasas del 35% y 35.5% respectivamente superiores a la peruana. Estas tasas no incorporan las que aplican los gobiernos sub nacionales.

El presidente de Estados Unidos envió la semana pasada un mensaje al presidente del Senado pidiendo su consentimiento para la ratificación del acuerdo tributario con el gobierno de Chile.

Según el mensaje del mandatario, este acuerdo pretende evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos de renta y el patrimonio, que fue firmado en Washington el 4 de febrero de 2010.

También se conoció el informe del Departamento de Estado, que incluye una descripción general del proyecto de convenio, el Protocolo, y el Acuerdo correspondiente, señala el comunicado del mandatario difundido por la Casa Blanca.

Según el comunicado, esta iniciativa sería el primer tratado bilateral relacionado con los impuestos de renta entre ambos países y contiene “amplias disposiciones” para evitar que residentes de un tercer país aprovechen este tratado tributario de forma inadecuada.

La estrategia se basa en mantener un sólido intercambio de información entre las autoridades fiscales de ambas naciones para facilitar la administración de las leyes fiscales de cada país.

Según cifras del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, si bien el producto con mayor dinámica en los envíos a Estados Unidos es el cobre, la realidad es que la canasta exportadora no está tan concentrada, pues el metal solo es el 30 por ciento.

Lo demás se reparte en frutas, salmón y otro tipo de productos.

Sin embargo, el rubro en donde Estados Unidos sí tiene el principal puesto de participación en Chile es en la inversión, principalmente en minería, comercio, electricidad y gas.

 

 

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