Al hablar del impuesto a Renta 2013, debemos saber que dicho impuesto se aplicará en los casos de rentas que provengan de:
- Depósitos de confianza en beneficio de las criaturas que están por nacer o de personas cuyos derechos son eventuales.
- Depósitos hechos en conformidad a un testamento u otra causa.
- Bienes que tenga una persona a cualquier título fiduciario y mientras no se acredite quiénes son los verdaderos beneficiarios de las rentas respectivas.
Los funcionarios fiscales, de instituciones semifiscales, de organismos fiscales y semifiscales de administración autónoma y de instituciones o empresas del Estado, o en que tenga participación el Fisco o dichas instituciones y organismos, o de las Municipalidades y de las Universidades del Estado o reconocidas por el Estado, que presten servicios fuera de Chile, para los efectos de esta ley se entenderá que tienen domicilio en Chile.
Para el cálculo del impuesto, se considerará como renta de los cargos en que sirven la que les correspondería en moneda nacional si desempeñaren una función equivalente en el país.
Limite de Exenciones Renta 2013:
Las exenciones son casos en los que existiría la obligación tributaria en condiciones normales por haberse realizado el hecho imponible, pero que la ley exime de dicha obligación y ésta, por ello, no llega a nacer. Hay que matizar que las rentas exentas no están sujetas a indemnizaciones.
La diferencia que hay entre las exenciones y los supuestos de no sujeción está en que en éstos no se llega a realizar el hecho imponible. A continuación presentaremos los supuestos de rentas exentas según la Ley:
a) Las prestaciones públicas por actos de terrorismo que puedan recibir la propia víctima, su cónyuge o sus hijos y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones por actos de terrorismo.
Sí tributan aquellas indemnizaciones que satisfacen personas privadas, aseguradoras, donativos… en los casos de terrorismo. Por tanto, sólo están exentas las que pagan el Estado, las CCAA o los Entes Locales.
b) Ayudas a los afectados del SIDA
En este supuesto, el contagio de la enfermedad debe ser responsabilidad de la Administración Pública y como consecuencia de ello se indemniza a los afectados (tanto el enfermo como sus familiares).
c) Pensiones para personas con lesiones o mutilaciones en la Guerra Civil
Están fuera de esta exención aquellas pensiones o indemnizaciones por fallecimiento en la Guerra Civil.
d) Indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida
Esta exención afecta a aquellas indemnizaciones que son consecuencia de una responsabilidad civil, y también las que derivan de contratos de seguros de accidentes. Dentro de los daños personales también están comprendidos los daños morales.
Las indemnizaciones deben haber sido satisfechas por un tercero o por el seguro de dicho tercero
Importante:
Están obligados a hacer la declaración de la renta todos los contribuyentes que durante ese año hayan obtenido algún ingreso o sueldo de más de 22.00 euros anuales. Además deberán presentar la declaración de la renta obligatoriamente todos los contribuyentes cuyos ingresos por rendimientos del trabajo lo haya recibido de más de un pagador y superen sumados ambos más de 11.200 euros.