Rebaja de contribuciones para el Adulto Mayor

La Ley 20.732 de 2014, estableció un beneficio de rebaja del pago de contribuciones para adultos mayores vulnerables económicamente. Su objetivo es que el adulto mayor que cumpla con los requisitos no pague más de un 5% de sus ingresos anuales, por contribuciones.

¿Cómo afecta el proceso de reevaluó al beneficio otorgado a los adultos mayores?

En el caso de los adultos mayores, el monto de la contribución del segundo semestre de 2017, se mantendrá para el primer semestre del 2018. Dicho monto no será aplicado en caso que el bien raíz quede exenta con ocasión del Reavalúo No Agrícola 2018. En cualquier situación siempre se aplicará el beneficio o exención más conveniente para el contribuyente.

Requisitos

  • Tener 60 años cumplidos, en el caso de las mujeres, y 65, en el de los hombres, en el año anterior a la fecha en que se haga efectiva la rebaja.
  • Los ingresos no pueden exceder el monto equivalente al tramo exento de pago del Impuesto Global Complementario, considerando el valor de la Unidad Tributaria Anual en el mes de diciembre del año anterior a aquél en que se haga efectiva la rebaja. Es decir, si la rebaja se hiciera efectiva el segundo semestre del 2017, debe registrarse un promedio de ingreso mensual igual o menor a $ 623.471 (según el valor de la UTA a diciembre de 2016).
  • El avalúo de la propiedad no puede exceder los $ 86.832.225 al segundo semestre de 2017, reajustable cada semestre de acuerdo al IPC. Además, debe ser un predio no agrícola, con destino habitacional, afecto al Impuesto Territorial.
  • Si la persona tiene más de una propiedad, la suma de los avalúos fiscales de tus bienes raíces no pueden superar los $ 115.776.300.
  • La propiedad debe estar inscrita a nombre del beneficiario exclusivamente, o en conjunto con su cónyuge o hijos que hayan sucedido al cónyuge fallecido, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, por al menos dos años de antigüedad al 31 de diciembre del 2016.
  • En los casos de cónyuges sobrevivientes, cuya calidad haya sido adquirida recientemente, se exceptúa el requisito de dominio de a lo menos dos años de antigüedad al 31 de diciembre del año anterior a aquél en que se haga efectiva la rebaja.
  • La propiedad debe encontrarse destinada efectivamente a la habitación.

¿Cómo opera el beneficio?

El SII elabora una propuesta de rebaja de contribuciones, la que llegará por carta certificada al domicilio del adulto mayor propietario o al domicilio del bien raíz beneficiado.

Esta propuesta puede ser revisada también a través del portal de reavalúo, disponible en www.sii.cl. Para aceptarla, la persona puede hacerlo a través de este portal o enviando una copia firmada de la carta de aceptación a cualquier oficina del SII, sección Avaluaciones, hasta el 21 de agosto de cada año, según Resolución Ex. SII N° 71 de 2015.

Si la persona no recibe la propuesta de rebaja por correo, y cumple con los requisitos para acceder al beneficio, puede acudir a cualquier oficina de Avaluaciones del SII, donde podrá solicitar esta rebaja, adjuntando los documentos que verifiquen que puede optar al beneficio.

Para mayor información visita www.sii.cl.

 

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